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Recordar que el mantenimiento de los extintores será responsabilidad del propietario.

Deberán verificar el estado de los mismo trimestralmente como mínimo y recargarlos cada 2 años,

pudiendo realizarse antes la recarga si el nivel de presión del manómetro del extintor lo exige.

El ensayo Hidrostático se realizará cada 4 años.




Actualizado: 5 abr 2021

Debido a la Emergencia Sanitaria vigente, la Dirección Nacional de Bomberos ha extendido los plazos de las capacitaciones e instalaciones de la Normativa vigente.

Dicha prórroga se Encuentra vigente desde el 1 de Abril 2021 al 1ero de Julio 2021.


Resolución 321/021


Está prohibida toda quema al aire libre entre el 15 de noviembre 2020 al 30 de abril 2021 (exceptuando

cocción de alimentos).


Por denuncias u emergencias conectarse al 911


Decreto 436/07



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